Capítulo VII
De lo justo natural y legitimo
En el séptimo capítulo distingue Aristóteles lo justo civil en dos especies: uno
que es natural y por naturaleza tiene fuerza de ser justo, como es la defensión de
la propria vida, otro que obliga, no por naturaleza, sino por voluntaria aceptación
de los hombres, y porque ellos voluntariamente quisieron ponerse aquellas leyes
de vivir por vivir vida más quieta, como prohibir tal o tal traje. Disputa si hay
cosa alguna que naturalmente sea justa (la cual disputa pone también Platón en el
primero de República), y prueba haberlas muchas.
De lo justo civil, uno hay que es natural, y otro que es legítimo. Pero aquello
es justo natural, que donde quiera tiene la misma fuerza, y es justo no porque les parezca así a los hombres, ni porque deje de parecerles justo legítimo es lo que al
principio no había diferencia de hacerlo desta manera o de la otra, pero después de
ordenado por ley ya la hay, como pagar por un captivo diez coronas, o sacrificar
una cabra y no dos ovejas. Ítem, las demás cosas que particularmente se mandan
por ley, como hacer sacrificio a Brasida, y las ordinaciones que hacen los concejos.
Algunos, pues, hay que son de opinión que todo lo legítimo es desta manera, porque
lo que natural es, no puede mudarse, y donde quiera tiene una misma facultad,
como vemos que el fuego quema aquí y también en la tierra de los persas. Pero las
cosas justas véese que se mudan. Pero esto no es así, generalmente hablando, sino
en alguna manera. Y entre los dioses por ventura es así, que no hay cosa mudable;
pero entre nosotros bien hay cosas naturales que se mudan, aunque no todas. Pero
con todo eso hay justo que es por naturaleza, y justo que no es por naturaleza. Cuál,
pues, de los que se pueden mudar de otra manera es natural, y cuál no sino legítimo
y por aceptación, aunque los dos se muden de una misma manera, fácilmente se
entiende. Y la misma distinción bastará para todo lo demás. Porque naturalmente
la mano derecha es de más fuerza, y con todo es posible que todos los hombres se
valiesen igualmente de las dos manos. Pero las cosas justas que son por aceptación
y porque conviene hacerse así, son semejantes a las medidas. Porque ni las medidas
del vino ni las del trigo son iguales en todas las tierras, sino do las cosas se compran
son mayores, y do se venden son menores. De la misma manera lo justo no natural,
sino humano, no es todo uno dondequiera, pues no es un mismo el modo de regir
la república. Pero el mejor y más perfecto modo de gobierno de república sólo éste
es un mismo naturalmente dondequiera. Hase, pues, cada una de las cosas justas
y legítimas como se ha lo universal con lo particular. Porque los negocios que se
hacen son muchos, pero las cosas justas tienen cada una por sí su especie, pues
son universales. Entre lo injusto y el agravio hay esta diferencia y también entre lo
justo y la justicia, que lo injusto es tal por naturaleza o por ordinación y esto mismo
cuando se pone por obra es agravio, pero antes de hacerse no se dice agravio,
sino cosa injusta, porque cuando se hiciere será agravio. Y de la misma manera
habemos de decir de la justicia. Aunque obra justa es más general vocablo, y
la justicia parece que quiere más significar la enmienda del agravio. Pero qué
especies tiene cada cosa destas y cuántas, y en qué géneros de cosas consiste,
después lo trataremos.










